Qué modelos debe presentar la comunidad según tenga empleados, ingresos o arrendamientos, sus plazos y cómo generarlos en PDF.
Una comunidad de propietarios tiene NIF propio y, aunque no realice actividad económica, está obligada a presentar determinados modelos ante la Agencia Tributaria. Afincados te muestra solo los que te aplican, según tengas empleados, ingresos o arrendamientos.

Los encontrarás en la pestaña Hacienda, en la sección Obligaciones fiscales.
Declaración informativa anual de operaciones con proveedores y terceros que superen los 3.005,06 € en el año natural. Se presenta en febrero del año siguiente.
Declaración e ingreso de las retenciones practicadas sobre las nóminas. Se presenta el 20 de enero, abril, julio y octubre.
Resume los cuatro modelos 111 del ejercicio con el detalle nominativo de cada perceptor. Plazo: hasta el 31 de enero del año siguiente.
Si has generado nóminas en la aplicación, ambos modelos toman los importes reales de esas nóminas. Si no, se calcula una estimación a partir del salario bruto anual y el % de IRPF de cada empleado.
Recuerda que, además, con empleados debes presentar mensualmente los TC1 / TC2 e ingresar las cuotas a la Seguridad Social.
Por ejemplo, una antena en la azotea, una plaza de aparcamiento o un local alquilado:
Obligatorio si los ingresos totales de la comunidad (arrendamientos, subvenciones…) superan los 3.000 € anuales. Plazo: hasta el 31 de enero.
Aviso: los PDF generados son un documento de apoyo para preparar la declaración. La presentación oficial debe realizarse por los canales de la AEAT.